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AKAN S.A. Otorga una garantía por un periodo de 6 meses o 6000 km (lo que ocurra primero) durante el cual la firma AKAN S.A. Reemplazará sin cargo (incluyendo mano de obra y costo de piezas) aquellas que puedan presentar problemas por defectos de fabricación y/o manufactura unicamente. De no cumplirse este requisito, AKAN S.A. Se reserva el derecho de juzgar en última instancia si el defecto en el vehículo se debe a una falla de fabricación, uso incorrecto o falta de un mantenimiento adecuado del mismo.
Para que la garantía tenga validez, el propietario deberá cumplir con el plan de servicios establecidos. No deberá utilizar el motovehículo para otro fin que no sea el previsto por el fabricante. Deberá concurrir únicamente a los talleres de servicio técnico autorizados. También deberá utilizar repuestos legítimos, no deberá utilizar el motovehículo para competencias ni alterar su construcción y diseño original.
TODAS LAS PARTES QUE PRESENTEN DETERIORO POR CAUSAS AJENAS A LA FABRICACIÓN Y/O MANUFACTURA, NO SERÁN CUBIERTAS POR ESTA GARANTÍA
1. No utilizar la unidad para otro fin que no sea el previsto por el fabricante.
2. No modificar ni alterar la construcción y diseño original de la unidad.
3. Mal uso por conducción o uso comercial del bien (alquiler).
4. No utilizar la unidad en zonas no adecuadas para la misma.
5. Los daños ocasionados por agentes externos como agua marina, sal u otros siniestros como fuego, impactos, hurtos etc.
6. Esta garantía no cubrirá las piezas y/o productos que se deterioren por desgaste natural de uso, ya sea bujías, aceites, filtros, platinos, cadena de transmisión, placas y discos de embrague, lámparas, fusibles, baterías, cintas y pastillas de freno, mangueras, retenes, y piezas de goma en general como neumáticos y cámaras, cables de mando, juntas, correas, fluidos de frenos y embrague, y todo lo referente al uso que se le otorgue a la unidad.
7. Pinturas, cromados, partes plásticas y demás piezas sujetas a modificación por decoloración de su pintura.
EL NO CUMPLIMIENTO DE LO MENCIONADO INVALIDA LA PRESENTE GARANTÍA
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AKAN S.A. Otorga una garantía por un periodo de 1 año o 12000 km (lo que ocurra primero) durante el cual la firma AKAN S.A. Reemplazará sin cargo (incluyendo mano de obra y costo de piezas) aquellas que puedan presentar problemas por defectos de fabricación y/o manufactura unicamente. De no cumplirse este requisito, AKAN S.A. Se reserva el derecho de juzgar en última instancia si el defecto en el vehículo se debe a una falla de fabricación, uso incorrecto o falta de un mantenimiento adecuado del mismo.
Para que la garantía tenga validez, el propietario deberá cumplir con el plan de servicios establecidos. No deberá utilizar el motovehículo para otro fin que no sea el previsto por el fabricante. Deberá concurrir únicamente a los talleres de servicio técnico autorizados. También deberá utilizar repuestos legítimos, no deberá utilizar el motovehículo para competencias ni alterar su construcción y diseño original.
TODAS LAS PARTES QUE PRESENTEN DETERIORO POR CAUSAS AJENAS A LA FABRICACIÓN
Y/O MANUFACTURA, NO SERÁN CUBIERTAS POR ESTA GARANTÍA
1. No utilizar la unidad para otro fin que no sea el previsto por el fabricante.
2. No modificar ni alterar la construcción y diseño original de la unidad.
3. Mal uso por conducción o uso comercial del bien (alquiler).
4. No utilizar la unidad en zonas no adecuadas para la misma.
5. Los daños ocasionados por agentes externos como agua marina, sal u otros siniestros como fuego, impactos, hurtos etc.
6. Esta garantía no cubrirá las piezas y/o productos que se deterioren por desgaste natural de uso, ya sea bujías, aceites, filtros, platinos, cadena de transmisión, placas y discos de embrague, lámparas, fusibles, baterías, cintas y pastillas de freno, mangueras, retenes, y piezas de goma en general como neumáticos y cámaras, cables de mando, juntas, correas, fluidos de frenos y embrague y todo lo referente al uso que se le otorgue a la unidad.
7. Pinturas, cromados, partes plásticas y demás piezas sujetas a modificación por decoloración de su pintura.
EL NO CUMPLIMIENTO DE LO MENCIONADO INVALIDA LA PRESENTE GARANTÍA
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